¿Qué es realmente ser un autónomo societario?

Al crear una empresa, al menos, uno de los socios está obligado a ser autónomo societario.

Un autónomo societario es un trabajador por cuenta propia que es socio (único o con otros) de una empresa. Para ser autónomo societario debe tener al menos un 25% de las participaciones de la empresa o convivir con un socio que tenga al menos el 50%.

¿Cuánto paga un autónomo societario?

Ser autónomo societario es más caro que ser simplemente autónomo. Y más tras la reciente subida del 8% que establece la base mínima de cotización de los autónomos societarios en 1152,79 euros en 2017 con una cuota mensual de 344,69 euros.

¿Cómo me doy de alta?

Para ser autónomo societario debes seguir los siguientes pasos:

  • Completar el modelo TA 0521-5, solicitud de alta / baja / variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos, dirigido a socios, familiares de socios o miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles capitalistas. que está disponible en la web de la Seguridad Social.
  • Contar con la documentación necesaria que es: una fotocopia del DNI, una copia y  el original de la escritura de constitución, y el modelo 036
  • Con todo ello, hay que ir a una oficina de la Seguridad Social, donde una vez realizados los trámites, te darán a resolución sobre el reconocimiento del alta, el resguardo y el justificante de domiciliación del pago de las cuotas.

¿En qué cambios tienen que centrarse pymes y autónomos en 2017?

Últimamente habréis oído o habréis leído en las noticias numerosos cambios en la legislación que afectan a temas fiscales o legales. ¿Pero cuáles de ellos afectan a pymes y autónomos?

En Gesoma te resumimos los cambios legislativos que te van a afectar en este nuevo año, para que no tengas ninguna sorpresa desagradable!

  • El cambio más polémico ha sido el del aplazamiento del IVA, pero esto, como ya os explicamos en este post, ya se solucionó y de momento, pymes y autónomos pueden seguir aplazándolo como  hasta ahora.
  • Sube el impuesto de sociedades en 2.500 municipios: Lo que implica que en el primer pago (que se hace entre el 1 y el 20 de abril) muchas pymes notarán ya la subida
  • Se reduce el máximo que puedes pagar en efectivo: Si antes podías pagar hasta 2500€ ahora el límite está en 1.000€ así que ten cuidado de no pasarte.
  • Las facturas, se tienen que enviar antes: Pymes y autónomos deben emitir las facturas desde que se ha devengado el IVA hasta el día 16 de cada mes (antes teníamos un mes para hacerlo), por lo que se acabó retrasarlas.
  • La cuota de autónomos ha subido: Y se establece en 29,8% para los trabajadores que opten por dar cobertura a las prestaciones por incapacidad temporal (IT).
  • Sube el salario mínimo: Esto es importante para las pymes ya que a partir de ahora el salario mínimo se instaura en  707,70€ mensuales (9.907,80€ anuales), un 8% más

A grandes rasgos, estos son los cambios más importantes para este año, aunque todavía hay algunas propuestas que no están aprobadas pero que pueden afectarnos directamente como son los cambios que implicará la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Pero de ellas ya hablaremos cuando haya alguna modificación en firme.

Recuerda que si tienes alguna duda, puedes llamarnos o escribirnos a través de los datos que encontrarás aquí.