¿Quién y cómo debe presentar el modelo 347 este mes de febrero?
Dentro de las obligaciones ligadas al calendario fiscal, antes del 29 de febrero, muchos autónomos y empresarios deben presentar el modelo 347. ¿Pero qué es y quién está obligado a hacerlo?
¿Qué es?
El Modelo 347 es una declaración informativa de operaciones con terceras personas.
¿Quién debe presentarlo?
Tendrán que hacerlo todos aquellos profesionales (ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o entidades en atribución de rentas con sede en España) que hayan realizado en el año anterior, operaciones profesionales con terceros por importe superior a 3.005,06€. Es decir, todos aquellos que en el año anterior hayan realizado compras o ventas a un cliente en las que, sumando todas las facturas, se supere esta cantidad. (Es el caso de la mayoría de las empresas españolas).
También tienen que presentarlo todas las sociedades, asociaciones, comunidades de propietarios, entidades de carácter social o colegios profesionales que cobren honorarios profesionales a sus socios o asociados.
¿Qué debe incluir esta declaración?
Este es un modelo informativo, y en él se debe incluir información de forma separada de todo lo relativo a las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios, también se deberá completar con información sobre subvenciones o ayudas recibidas, operaciones inmobiliarias o con entidades aseguradoras siempre que las haya e incluir información sobre los anticipos que se hayan recibido.
¿Cómo se presenta?
El modelo 347 debe completarse temáticamente con el programa de la Agencia Tributaria y presentarse antes del 29 de febrero bien a través de la firma electrónica, DNI o SMS.
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