En 2016, ten cuidado que las cosas han cambiado en las leyes !
Ahora que ya tenías todo más o menos claro sobre impuestos, cuotas o retenciones, va Hacienda y lo cambia todo. ¡Pero no te preocupes!
Las leyes cambian continuamente y nosotros estamos acostumbrados a ir actualizándonos cada día, así que te traemos un pequeño resumen de las novedades más importantes para que las tengas en cuenta:
Si eres una pyme…
- Si tienes una Sociedad Civil, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) te obliga a tributar ahora a través del Impuesto de Sociedades
Si quieres emprender…
- La Ley de Promoción del Empleo Autónomo permite que los mayores de 30 años capitalicen la prestación por desempleo en su totalidad y que lo hagan para crear sociedades civiles.
Si eres un autónomo (atento, porque esto cambia más):
- La tarifa plana de autónomos se fija en 50€ (para los primeros seis meses de trabajo), y también es aplicable a autónomos que contraten a otros trabajadores.
- Las retenciones en tus facturas serán del 15%, a no ser que seas un nuevo autónomo. En ese caso puedes elegir que tu retención sea del 7% durante el año en el que te des de alta y los dos siguientes. Recuerda que si eliges retener el 7% podrás cambiarte a retener el 15% en el momento que quieras (pero esa decisión ya no tendrá vuelta atrás!)
- La base mínima de cotización (la cuota de autónomo) ha subido a 893,10 €
- La ley de promoción del empleo autónomo te permite trabajar como autónomo y cobrar el paro al mismo tiempo, pero por un tiempo limitado de 9 meses.
Con estas pequeñas pautas te será más sencillo mantenerte al día en tus obligaciones de la manera correcta.
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