Pagar el IVA a través de la web será muy pronto posible
La gestión electrónica del IVA, un modelo muy similar al que utilizamos para realizar el borrador de la RENTA, está cada vez más cerca. Y es que Hacienda está preparando un cambio de normativa que modificará el reglamento para la presentación del IVA y establecerá el funcionamiento de lo que llaman sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)
Y es que la reforma de la Ley General Tributaria, que entró en vigor el 11 de octubre, establece la obligatoriedad de llevar de manera telemática los libros de registro y tendrá un desarrollo reglamentario de las obligaciones formales que necesita el SII.
¿Qué implicará el SII?
Básicamente que el pago del IVA se realice de manera telemática a través de la web de la Agencia Tributaria. Esto permitirá que Hacienda, en un plazo de tan solo 4 días, tenga acceso a toda la información de las empresas, las facturas emitidas y las recibidas. Una forma de simplificar el papeleo para las empresas, pero sin duda, una forma de que la Agencia Tributaria aumente su control sobre ellas y evite el fraude.
En la futura plataforma, los contribuyentes estarán obligados a remitir un detalle de las facturas, tanto emitidas como recibidas, y en el caso de estas últimas la cuota deducible.
¿Cuándo se pondrá en marcha?
De momento se están estableciendo las reglas que deben tener en cuenta las empresas encargadas de desarrollarlo y de realizar los primeros ensayos, que se prevé comenzarán el 1 de enero de 2016 y en el que participarán grandes empresas que se han sumado al plan de manera voluntaria. Pero su puesta en marcha “real” será el 1 de enero de 2017.
¿A quién obliga?
En principio, estarán obligados a realizar el IVA de manera telemática a través del SII los grandes contribuyentes, (grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA y compañías inscritas en el régimen de devolución del impuesto).
El resto de las empresas podrá acogerse de forma voluntaria y también darse de baja al final de cada ejercicio, aunque está previsto que en 2019-2020 sea obligatorio para todas las empresas registradas en España.
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