Cómo me afecta la reforma fiscal si soy autónomo

Si eres autónomo, tienes que tener en cuenta que la reforma fiscal que el Gobierno va a poner en marcha y que entrará en vigor el próximo 1 de enero, te afecta en varias áreas para las que tendrás que estar preparado. Estos son algunos de los cambios más relevantes:

Rebaja en las retenciones: La nueva ley marca una importante rebaja en el tipo de retención de los autónomos, situándolo en un 19% (frente al actual 21%) en 2015 y alcanzará el 18% en 2016. Además, para los autónomos que cuenten con ingresos inferiores a los 15.000 euros al año, y siempre que más del 75% de sus rentas procedan de actividades económicas, la retención se establece en el 15%

Reducción de los tramos del IRPF: Cuando la reforma fiscal entre en vigor, el tipo mínimo del IRPF para los autónomos bajará hasta el 19% y el máximo aumentará hasta el 47%. Además, los autónomos que no alcancen los 12.000 euros al año no tendrán que pagar el IRPF.

Cambios en los módulos de IRPF: Si  tu actividad está incluida en la lista de actividades que forman parte del sistema de módulos del Régimen de estimación objetiva del IRPF, y estabas tributando según este régimen, tienes que tener en cuenta dos importantes modificaciones:

  • Por un lado, a partir del año que viene, este sistema de tributación se restringe únicamente a aquellos autónomos que venden al cliente final.  Es decir, todas las actividades relacionadas con la construcción, hasta el momento susceptibles de acogerse a esta tributación, deben pasar al Régimen de estimación directa.
  • Por otro, los umbrales de ingresos y gastos para poder acogerse al régimen de estimación objetiva  bajan de los 450 mil y 300 mil euros respectivamente a los 150 mil euros.

Cobro por factura y no por nómina: Si eres autónomos societario y desempeñas una actividad profesional remunerada para tu sociedad, deberás cobrar por factura y no por nómina, siempre que cotices en el régimen de autónomos.

Un máximo de 2000€ de gastos de difícil justificación: La deducción de gastos de difícil justificación dentro del régimen de estimación directa simplificada se limita a un importe máximo de 2.000 euros anuales (independientemente del rendimiento neto que tengan).

Si tienes dudas sobre cómo adaptar tu actividad a la reforma fiscal, llámanos  y te asesoraremos rápidamente.

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